Mostrar banderas independentistas o pancartas en con el lema “Good bye, Spain”, así como silbar a los reyes de España, es según resolución judicial “una forma de patentizar lo que se prefiere frente a lo que convive pero no se acepta” (…) “Nada hay que oponer a que se esté en desacuerdo con instituciones o símbolos del Estado y su forma y régimen fijados en el marco constitucional vigente, siendo distinto el modo en el que ello se manifieste”.
Para la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, este tipo de acciones no son un delito, sino “un comportamiento más que desagradable” -pronunciamiento en concreto sobre la pitada que sufrió el Rey durante la interpretación del himno español en la última final de Copa-.
Así, el auto desestima el recurso de apelación presentado por la Fundación para la Defensa de la Nación Española (DENAES), contra un resolución dictada en julio por el juez Santiago Pedraz, el cual, no admitió a trámite una querella presentada por el colectivo, al interpretar que la pitada al rey estaba amparada “por la libertad de expresión”.
En definitiva, según el auto hecho público ayer martes, los querellados no adoptaron “una conducta injuriosa” ni cometieron delitos de “ultraje a España” o “apología del odico nacional”. Se trató únicamente, de “un comportamiento más que desagradable”.
Fuente: El Nuevo Alcazar (www.elnuevoalcazar.es)
miércoles, 23 de septiembre de 2009
Desestiman el recurso de DENAES.
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