El Colegio de Médicos de Toledo impugna el código deontológico de la OMC por limitar la objeción al aborto. - La Nación Digital

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jueves, 21 de julio de 2011

El Colegio de Médicos de Toledo impugna el código deontológico de la OMC por limitar la objeción al aborto.

El Pleno de la Junta Directiva del Colegio de Médicos de Toledo, celebrado el miércoles, ha acordado impugnar el Código de Deontología Médica-Guía de Ética Médica, aprobado el pasado 9 de julio por la OMC (Organización Médica Colegial), por entender que en la Asamblea General de este organismo «no se permitió una discusión libre en un tema tan importante como éste y no se tuvieron en cuenta algunas de las alegaciones presentadas por este Colegio Oficial de Médicos de Toledo».

Por ello, el colegio toledano ha decidido presentar ante la OMC un recurso administrativo, «ad cautelam», frente al artículo 55, puntos 1 y 2, del citado código deontológico, y pedir la suspensión de la ejecutividad de dichos preceptos.

La actitud del Colegio de Médicos de Toledo es consecuencia de la línea que mantiene sobre la objeción de conciencia del médico ante el aborto, y se produce en concordancia con el Auto de Suspensión Cautelar 392/10 del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha, auto que fue dictado en relación al recurso contencioso administrativo interpuesto por el colegio toledano en contra de la normativa autonómica restrictiva de la Objeción de Conciencia del médico ante el aborto, actuando así en defensa de un derecho fundamental recogido en el artículo 16.1 de la Constitución Española.

El auto de suspensión cautelar dictado por el TSJ de Castilla-La Mancha en septiembre de 2010 deja sin efecto la mayor parte de las normas recurridas y donde, entre otras consideraciones, se permitía, «a todos los médicos de Castilla-La Mancha y en particular a los médicos de atención primaria, plantear, en la forma y por los medios que en su caso la Administración establezca, y en otro caso por simple manifestación escrita, la objeción de conciencia respecto de los deberes de información». Es decir, el colegio toledano estima que el derecho de objeción también abarca el ámbito de las consultas a donde la mujeres de dirigen para informarse sobre la forma en que pueden interrumpir su embarazo. Se considera que el médico puede acogerse a la objeción y rechazar informar a las usuarias sobre este extremo.

En este sentido, el TSJ de Castilla-La Mancha argumenta en el fundamento jurídico 5º del Auto de Suspensión Cautelar, en relación a la información a la usuaria del aborto, que «en efecto, a este respecto cabe señalar, en primer término, que no es tan evidente como la Administración pretende que la obligación de realizar un trámite de información que, de acuerdo con el art. 14 de la LO 2/2010, constituye un supuesto legal para la posibilidad de practicar el aborto, no sea una intervención directa en el mismo, dado el carácter de conditio sine quanon de dicho trámite».

Como avanzó ABC en su día, el TSJ no tardó ni una semana en dar la razón al Colegio de Médicos de Toledo, que presentó ante este órgano un recurso contencioso-administrativo contra la Orden autonómica que regula el procedimiento para la objeción de conciencia en el aborto y que creó un registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia, algo que para el organismo colegial es como meter a los profesionales de Castilla-La Mancha en una «lista negra» ante la sociedad.

De momento, y hasta que el TSJ se pronuncie sobre el fondo del asunto, el auto dictado el pasado miércoles establece una serie de medidas cautelares y deja en suspenso algunos puntos importantes de la Orden de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social para no lesionar los derechos de los afectados, es decir, numerosos médicos de la región a quienes el aborto plantea problemas de conciencia. Hay que recordar en este punto que en Castilla-La Mancha no se realizan abortos en la sanidad pública, precisamente porque la mayoría de los médicos son objetores y para prestar esta atención las mujeres que quieren abortar lo hacen en dos clínicas privadas que mantienen concierto con el Servicio de Salud regional (Sescam).



Fuente: ABC (www.abc.es)

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