La Audiencia Nacional ha absuelto al etarra Oscar Celarain, que se enfrentaba a una petición de pena de 146 años de cárcel, de la colocación de un coche-bomba que explotó el 21 de junio de 2002 en Fuengirola (Málaga), debido a que no se incorporó a la causa el DNI falso con su fotografía que éste habría utilizado para hospedarse en varios hoteles antes de cometer el atentado, que causó heridas a seis personas.
Así consta en una sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Penal que impone 110 años y medio de cárcel a su compañero en el 'comando Argala', Andoni Otegi, por seis intentos de asesinato terrorista, un delito de estragos, otro de falsedad de documento oficial y un último de hurto de un vehículo.
La resolución judicial, que cuenta con el voto particular discrepante del magistrado Nicolás Poveda, absuelve a Celarain argumentando que la única prueba que existe contra él son "los informes denominados de inteligencia" que sostienen que desde 2001 formaba parte junto a Otegi del 'comando Argala', que además de este atentado fue el responsable de otros tres que se cometieron en Marbella, Mijas y Santa Pola (Alicante). En este último murieron dos personas, entre ellas una niña de seis años.
Copia del DNI falso
Los magistrados que conforman la mayoría del tribunal --la presidenta, Manuela Fernández de Prado, y el ponente Ramón Sáez-- justifican la absolución señalando que no se ha incorporado al sumario una copia del documento de identidad falso con la fotografía de Otegi que fue incautado durante un registro en Francia.
"No se ha incorporado siquiera una copia del DNI", señalan antes de indicar que "el conocimiento policial fruto de las pesquisas que desarrollaron diversos servicios españoles y franceses", y que fueron incorporados al juicio oral por varios peritos y peritos-testigos, "no se puede utilizar" porque no fue contrastada con el testimonio de los responsables de los hoteles en los que se habrían alojado los etarras o las correspondientes fichas de huéspedes.
Es por ello que los dos magistrados concluyen que "no hay evidencia alguna de su intervención en el atentado de Fuengirola, más allá de la peretnencia del acusado a la organización terrorista", delito por el cual ya fue condenado en Francia. De hecho, recuerdan que por este mismo motivo se exoneró a Celarain de su participación en un ataque a la Caja de Ahorros de Navarra de Lecumberri que se produjo el 25 de julio de 2001.
'Cantada' a la dirección de ETA
Aunque el DNI falso de Otegi tampoco fue incorporado a la causa, el tribunal justifica su condena argumentando que en su caso existen otras pruebas, entre ellas la existencia de un documento manuscrito ('cantada' en el argot de ETA) en la que enumeraba a la dirección de la banda los atentados que había cometido el 'comando Argala'.
La sentencia cuenta con el voto particular discrepante del magistrado Nicolás Poveda, que considera que Celarain también debería ser condenado porque los tribunales ya probaron su pertenencia a este 'comando'. Además, recuerda que en el texto manuscrito Otegi señalaba literalmente que recuperaron "un legal", en referencia al otro procesado.
De esta forma, el tribunal sólo considera probado que Otegi, junto a otras personas, robó un vehículo en Coín (Málaga), lo cargó de explosivos y lo hizo estallar a las 7.00 horas del 21 de junio de 2002 frene al comedor del hotel 'Las Pirámides' de Fuengirola. El atentado, cometido con artefacto compuesto de 67,5 kilos de cloratita y dinamita, fue reivindcado por ETA en el diario 'Gara'.
Primer juicio tras el comunicado
Otegi y Celarain fueron los dos primeros etarras en ser juzgados por la Audiencia Nacional después de que la banda terrorista ETA declarara el 20 de octubre "el cese definitivo de su actividad armada", al entender que formaban "un comando sanguinario".
"El atentado buscaba el mayor daño mortal posible y es un auténtico milagro que en la zona donde se produjo no hubiese no una muerte sino muchas muertes", ha señalado el fiscal durante la exposición de su informe definitivo de conclusiones.
En la primera sesión del juicio, Otegi se negó a reconocer la autoridad del tribunal que le juzgaba aunque añadió que en la actualidad se viven "tiempos en los que esto se tiene que solucionar".
"La Audiencia, hasta ahora, está protegiendo la presión que está siendo ejecutada en el País Vasco. Son tiempos en que esto se tiene que solucionar, por eso no reconozco este juicio ni al tribunal", delaró.
Fuente: La Gaceta (www.intereconomia.com)
sábado, 19 de noviembre de 2011
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Absuelven a un etarra porque el juez instructor no incorporó el DNI falso que utilizó.
Absuelven a un etarra porque el juez instructor no incorporó el DNI falso que utilizó.
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