El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) salva el modelo de inmersión lingüística catalán salvo en el caso de las familias que recurrieron al Tribunal Supremo para que sus hijos pudieran aprender en español en los colegios. Así, el modelo catalán proseguirá como hasta ahora sin tener en cuenta la sentencia del Tribunal Supremo, que declara que el español debe ser lengua vehicular en los colegios. Asunto sobre el que no se ha pronunciado el TSJC y que los abogados devolverán al Tribunal Supremo. No obstante, el Alto Tribunal no tendría competencias y será el Tribunal Constitucional el que llevase el caso. Por tanto, los alumnos, que empezaron el periplo en 2º de ESO y 3º de ESO podrían terminar ya la carrera universitaria.
Así, las familias que tengan la intención de que sus hijos puedan asistir a clases en español tendrán una "atención individualizada", esto es desde los tres a seis años de edad, como ya recoge la norma actual catalana. En este sentido, un alumno no podrá recibir clases en español más allá de las estipuladas, tres horas semanales.
Según el auto de los magistrados, en el que se estima parcialmente el recurso de la Generalitat, "no se puede hacer un pronunciamiento general sobre el uso del español como lengua vehicular a raíz de una lectura descontextualizada y literal de una frase del fallo del Supremo" sobre la petición de estas tres familias.
Ahora, el TSJC deja sin efecto su resolución de septiembre de 2011, por lo que "mantiene el modelo que en la actualidad se está llevando a cabo", y que implica que las escuelas de Cataluña mantendrán el catalán como lengua vehicular de la enseñanza.
El auto será recurrido
Por este motivo, el abogado de Convivencia Cívica Catalana y que representa a las familias, Ángel Escolano, ha valorado negativamente el auto. Asimismo, ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo.
De esta forma, los catalanistas podrán señalar con el dedo a aquellos alumnos que quieran aprender español en la escuela. Así, la doctrina de los jueces no avala la del Constitucional ni la del Tribunal Supremo, que piden que el español sea vehicular, independientemente de quien lo demande.
En el fallo, que cuenta con un voto particular, el TSJC ha estimado parcialmente el recurso presentado por la Generalitat hace cerca de seis meses contra el ultimátum que el alto tribunal le dio para implantar el castellano como lengua vehicular en las escuelas.
El ultimátum del TSJC, que estaba suspendido a la espera de la resolución del recurso interpuesto por la Generalitat, daba dos meses al departamento de Educación para implantar el castellano como lengua vehicular en las aulas en cumplimiento de las sentencias del Tribunal Supremo (TS) que así lo establecían.
No obstante, los jueces mantienen que la sección que dictó el ultimátum no puede hacer un pronunciamiento general sobre el uso del español como lengua vehicular en el sistema educativo de toda Catalunya, a partir de una "lectura descontextualizada y literal de una frase del fallo del Tribunal Supremo".
Según el auto, un pronunciamiento general sobre el uso del español como lengua vehicular en la educación que podría ir más allá de lo que ha resuelto el Tribunal Supremo "es algo que excede en mucho de lo que es la función propia de este órgano jurisdiccional, actuando como mero ejecutor del fallo dictado por otro tribunal, y superior". "Tan sólo el propio Tribunal Supremo habría podido en su momento mediante una aclaración de sentencia haber precisado el contenido de esa frase (...) Nunca podría, sin embargo, hacerlo esta sala del TSJC". De esta forma, el auto sí puede ser recurrido.
En su resolución, el TSJC deja sin efecto el ultimátum que la sección quinta de la sala contenciosa dio a la Generalitat para implantar el español como lengua vehicular en las aulas, pero advierte de que el Departamento de Educación "no ha acreditado haber ejecutado debidamente la sentencia del Supremo" que le obliga a garantizar la escolarización en español de las familias que recurrieron.
Voto particular
De entre los 22 jueces del pleno, 21 han votado a favor de estimar parcialmente el recurso de la Generalitat, mientras que la magistrada Núria Cleries ha anotado su voto particular pidiendo la estimación en la totalidad del recurso de la Generalitat.
Ésta ha defendido que el catalán se encuentra en situación minoritaria en las escuelas, y que las familias demandantes ya han recibido esta atención individualizada en castellano, con circulares del centro en este idioma.
La Generalitat ya tiene un servicio para atender a las familias que piden más atención en castellano, aunque las familias recurrentes lo consideran insuficiente.
Fuente: La Gaceta (www.intereconomia.com)
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