La mujer de Undargarín podría ser citada para declarar. - La Nación Digital

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viernes, 30 de diciembre de 2011

La mujer de Undargarín podría ser citada para declarar.

Algunas informaciones publicadas ayer apuntaban a que los Duques de Palma podrían estar esquiando en una estación norteamericana en el momento de conocer la imputación de Iñaki Urdangarín. Incluso se insinuó que la Infanta Elena y hasta la Reina les acompañaban –una información no confirmada por Zarzuela–.

Lo cierto es que las únicas noticias que tenemos en España del Duque nos llegan a través de su abogado y portavoz, Mario Pascual Vives, que ayer afirmó que desconocía si su defendido vendría a nuestro país en los próximos días para preparar su defensa y dijo no saber por qué Urdangarín no había pasado la Nochebuena en España.

Sin embargo ahora, tras conocerse ayer que el juez Castro citaba a declarar como imputado a Iñaki Urdangarín para interrogarle sobre sus negocios con Baleares y Valencia por los que “haya sido perceptor de fondos públicos”, crece la incertidumbre respecto al futuro judicial y penal del Duque de Palma y, especialmente, respecto al de Doña Cristina. Cabe preguntarse si la Infanta podría ser llamada a declarar como testigo del caso, puesto que ocupaba cargos de responsabilidad en el entramado empresarial de su marido.

Doña Cristina pertenecía a la junta directiva del Instituto Nóos cuando se cometieron los supuestos delitos de corrupción. Además, ejercía de secretaria del consejo de administración de la promotora inmobiliaria Aizoon, presidida por su esposo, a la que se desvió, según fuentes judiciales, parte de los fondos públicos malversados.

La Constitución española afirma que de los miembros de la Casa Real sólo el Rey es “inviolable” y no puede ser sometido a juicio. Por otra parte, la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) establece, en el capítulo dedicado a las declaraciones de los testigos, que de la obligación general de concurrir al llamamiento judicial solo están exentos “el rey, la reina, sus consortes, el príncipe heredero y los regentes del Reino”, por lo que la excepción no afecta a Urdangarín y tampoco a la Infanta Cristina.

En caso de ser llamada a declarar en calidad de testigo, la Infanta podría hacerlo por escrito, según establece el artículo 412 de la LECrim que afirma que “estarán exentas también de concurrir al llamamiento del juez, pero no de declarar, pudiendo hacerlo por escrito, las demás personas de la Familia Real”, siempre en el caso de que hayan sido citadas como testigos y no imputadas.

El propio Urdangarín explicó el pasado 11 de diciembre en un comunicado que lamentaba “profundamente” el grave perjuicio que las investigaciones del juez estaban causando a la imagen de su familia y de la Casa del Rey, “que nada tienen que ver con mis actividades privadas”. Por el momento, ni Zarzuela ni Urdangarín se han pronunciado sobre la imputación más allá del respeto absoluto a las actuaciones judiciales.

No previsto

Está claro que a los padres de la Constitución se les pasó por alto el que un miembro de la Familia Real –como lo es Iñaki Urdangarín, según ha recordado en los últimos días la Zarzuela–, aunque se tuviera la prevención de apartarle de los actos representativos de la Corona- pudiera verse imputado en un caso de corrupción política.

Cuando a primeros de diciembre Rafael Spottorno pronunciaba la lapidaria expresión “ya se verá” respecto al futuro papel de la Infanta Cristina en los actos oficiales, quizá pensaba en qué sucedería en caso de que la Duquesa de Palma se viera en la tesitura de tener que declarar ante un juez.



Fuente: La Gaceta (www.intereconomia.com)

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