El Consejo de Ministros ha aprobado el plan de empleo sumergido, que establece un periodo de regularización voluntaria de tres meses, hasta el 31 de marzo, y que endurecerá desde ese momento las sanciones a empresas a empresas y trabajadores, llegando a multiplicar las multas hasta por cinco en algunos casos.
En rueda de prensa, el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, especificó, por ejemplo, que una empresa que incumpla la obligación de alta de un trabajador en la Seguridad Social tendrá a partir de agosto una sanción mínima de 3.126 euros, cinco veces superior a la actual de 626 euros, y máxima de 10.000 euros, frente a los 6.250 euros actuales.
Por otro lado, el trabajador que compatibilice el cobro de la prestación por desempleo con trabajos 'en negro' verá incrementada la sanción mínima de 6.251 euros a 10.000 euros, mientras que la máxima se mantendrá en los 187.000 euros.
Según el titular de Trabajo, el plan está pensado para recuperar el mayor número de cotizantes posible, a lo que añadió que "aunque no se mira al pasado" y los empresarios que regularicen empleo durante los tres primeros meses "no tendrán que pagar nada", tampoco habrá una amnistía.
Fuente: La Gaceta (www.intereconomia.com)
viernes, 29 de abril de 2011
El empleo sumergido se sancionará con hasta 10.000 euros a partir de agosto.
Tags
# Economía
About Anónimo
Templatesyard is a blogger resources site is a provider of high quality blogger template with premium looking layout and robust design. The main mission of templatesyard is to provide the best quality blogger templates which are professionally designed and perfectlly seo optimized to deliver best result for your blog.
Economía
Sección:
Economía
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
© 2011 La Nación Digital /La Nación Digital y la administración se reservan los derechos de opinión y no tienen por que coincidir ni se responsabilizan de las opiniones vertidas por los colaboradores y/o visitantes en el interior de la web. A su vez se reservan los derechos para colaborar con las autoridades en caso de infracción de cualquier artículo del código penal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario