Las acusaciones pedirán al TS que condene a Garzón a 17 años de inhabilitación. - La Nación Digital

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lunes, 16 de enero de 2012

Las acusaciones pedirán al TS que condene a Garzón a 17 años de inhabilitación.

A falta de 24 horas para que comience en el Tribunal Supremo la vista oral contra el juez suspendido Baltasar Garzón por las escuchas ilegales del caso Gürtel, las acusaciones particulares velan armas. La expectación mediática está servida tanto a nivel nacional como internacional. Los escritos de acusación solicitarán a la Sala Penal que condene a Garzón a una pena de 17 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un presunto delito de prevaricación judicial y otro de uso de artificios de escucha y grabación con violación de las garantías constitucionales.

De esta manera, el abogado y fiscal en excedencia de la Audiencia Nacional, Ignacio Peláez, que defiende al empresario José Luis Ulibarri, razonó en su escrito que “el acusado (Garzón), con pleno conocimiento y a sabiendas de su improcedencia e ilicitud, dictó un auto en el que dispone la intervención de las comunicaciones orales y escritas que mantuvieran los internos Correa, Crespo y Antoine Sánchez en el centro penitenciario con sus letrados u otros que mantengan entrevistas con ellos (...)”. Garzón justificó esta decisión en el sentido de que los abogados podrían estar aprovechando su condición en claro interés de la propia organización y subordinación a ella”.
En este punto, Peláez resalta que la resolución judicial “presume, sin más detalle, que todos los abogados personados en la causa y los que pudieran comunicar con los presos actuarían de enlace con la organización”.

Garzón siempre ha defendido que autorizó las escuchas amparándose en el artículo 51 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, que justifica su intervención en los supuestos de terrorismo. Pero lo que saca de quicio a Peláez es la actuación del juez contra el primer abogado de Correa y Crespo, José Antonio López Rubal, al que llamó para que declarara como imputado. Pero durante un mes “de forma maliciosa y tendenciosa”, siguió escuchando a López Rubal cuando este ignoraba su condición de imputado.

Por su parte, José Antonio Choclán, que defiende al imputado Francisco Correa, pedirá para Garzón una pena de 17 años de inhabilitación especial y una multa de 3.240 euros por los delitos anteriormente señalados. Según su escrito, el magistrado ordenó a la Policía que interviniera las comunicaciones de Correa, Crespo y Antoine Sánchez con sus abogados porque conociendo “la estrategia de las defensas o datos confidenciales que pudieran proporcionar los internos a sus abogados, dominaba completamente la evolución de la causa, de gran trascendencia mediática”.


No hizo caso

Por su parte, las acusaciones siempre han sostenido que las fiscales Anticorrupción avisaron a Garzón en más de una ocasión de que había que excluir determinadas conversaciones. En efecto, un escrito fechado el 20 de marzo de 2009 apunta: “Una parte importante de las transcripciones se refieren en exclusiva a estrategias de defensa y, por tanto, deben ser excluidas del procedimiento. Concretamente la conversación entre López Rubal, Pablo Crespo, Francisco Correa e Ignacio Peláez”.

La respuesta a este aviso fue que “Garzón hizo caso omiso y unió las grabaciones al Sumario del Gürtel, de forma que esas comunicaciones también fueron utilizadas por la propia Policía. Esto quiere decir que todos conocían la estrategia de defensa. De ahí que Peláez argumente en su escrito que “las fiscales y el juez conocían de antemano cuáles iban a ser las contestaciones de su representado”. Esto también demuestra que Anticorrupción toleró la actuación de Garzón al ordenar las grabaciones.


Libertad provisional

En otro orden de cosas, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional celebrará el próximo viernes una vista para estudiar el recurso presentado por Correa, solicitando su puesta en libertad provisional. Este señalamiento se produce después de que el juez Pablo Ruz solicitara a la Sala Penal que decidiera de forma “urgente” sobre la petición efectuada por la defensa de Correa contra su permanencia en prisión.

La celeridad de esta decisión viene marcada por la “situación personal de privación de libertad del imputado” y porque desde el mes de octubre del año pasado el magistrado Antonio Pedreira no ha sido capaz de ordenar la puesta en libertad de Correa pese a que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ordenó rebajar la fianza de Correa. Ahora, será la Audiencia Nacional la que tome esta decisión tras recibir las actuaciones.


Fuente: La Gaceta (www.intereconomia.com)

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