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lunes, 6 de febrero de 2012

El 95% de las inmobiliarias, abocado a la liquidación.

El sector inmobiliario se enfrenta a un año muy duro. Por un lado, la actividad está parada, y por otro, no hay crédito. El gran problema que vive el ladrillo en estos momentos es el stock de viviendas terminadas sin vender que lastra las cuentas de la banca. La semana pasada, el ministro de Economía, Luis de Guindos, apuntaba que los bancos tenían que dejar de hacer de inmobiliarias y volver a dar créditos. Una de las propuestas del Gobierno es vender pisos más baratos para dar salida a todo ese stock, la mayoría en manos de la Banca.
Pero el problema no está sólo en los pisos. A raíz de la crisis, los activos en manos de las inmobiliarias han sufrido una indiscutible pérdida de valor reflejada en las tasaciones realizadas para los procesos de refinanciación de las promotoras con su Banca acreedora.
Por este motivo, muchas inmobiliarias habrían ido a liquidación si el Gobierno de Zapatero no hubiera ampliado por dos años más el Real Decreto Ley 10/2008. De esta forma, el cómputo de pérdidas de sociedades anónimas y de responsabilidad limitada en los casos de reducción de capital social y de disolución se prorrogó durante dos años, hasta el 31 de diciembre de 2011. Con esta ampliación se buscaba evitar que las compañías pudieran entrar en liquidación por imputar pérdidas inmobiliaria en el ejercicio correspondiente.
Tal y como recoge la Ley de Sociedades, el Real Decreto Ley 10/ 2008, “las sociedades que, por haber sufrido pérdidas por deterioro derivadas del inmovilizado material, de las inversiones inmobiliarias o de las existencias, tengan un patrimonio neto inferior a los dos tercios del capital social (en el caso de las sociedades anónimas) o inferior a la mitad del capital social (tanto en anónimas como en limitadas), no quedarán sujetas a la obligación legal de reducción de capital si el patrimonio no se recupera en un ejercicio, en el primer caso, ni se encontrarán en causa de disolución por pérdidas, en el segundo”.
Pero la situación actual es que la ampliación de esta normativa que permitía no computar las pérdidas inmobiliarias terminó el 31 de diciembre de 2011, y si Rajoy no la prorroga, muchas inmobiliarias podrían tener en su informe anual del ejercicio de 2011 una salvedad en su auditoría advirtiendo que la compañía se encuentra en causa de disolución porque su patrimonio es negativo.
“Se adoptó esta medida para evitar la quiebra de las empresas y no engrosar aún más la lista del paro. Hoy en día, si el nuevo Gobierno no amplía esta normativa, el 95% de las empresas entrarán en liquidación, porque si el auditor pone esa salvedad, el acreedor tiene una herramienta perfecta de chantaje para mandar a esa compañía a concurso de acreedores. Para el ejercicio 2011, como seguía vigente este Real Decreto, no afectará a la cuenta de resultados, pero el informe del auditor es el que hará daño”, afirma Mikel Echavarren, consejero delegado de la consultora Irea.
Flecos pendientes
Hasta la fecha, el Gobierno de Mariano Rajoy no se ha pronunciado al respecto, pero muchas inmobiliarias andan haciendo números. Entre las sociedades que se han acogido a esta excepción legal figura Martinsa Fadesa, inmobiliaria que en julio de 2008 protagonizó el mayor concurso de acreedores de la historia empresarial española y del que salió en marzo del 2011. Todas las promotoras se han visto beneficiadas de esta medida, como Reyal Urbis y Nozar, que han protagonizado sendos procesos de financiación con la Banca acreedora, entre otras, pero ahora sólo se salvarán las que recientemente hayan hecho una ampliación de capital, como Metrovacesa,que ha reforzado sus fondos propios.



Fuente: La Gaceta (www.intereconomia.com)

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